BC amplia acesso a contas em moeda estrangeira para empresas
El Banco Central de Brasil ha ampliado, a partir del 18 de junio de 2026, el grupo de agentes autorizados a abrir y gestionar cuentas de depósito en moneda extranjera en el país. Anteriormente, estas cuentas estaban limitadas a instituciones financieras, representaciones diplomáticas y ciertos sectores específicos. Con la nueva normativa, ahora también podrán mantener cuentas empresas exportadoras, compañías con deudas en el exterior, sociedades con participación extranjera y algunos no residentes. Esta medida busca aumentar la eficiencia de las operaciones financieras, reducir costos de transacción y facilitar la integración de las empresas brasileñas en el mercado internacional. La Resolução BCB nº 575, que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2026, establece un período de adaptación para que las instituciones autorizadas ajusten sus sistemas tecnológicos y procedimientos de cumplimiento. Hasta ahora, la posibilidad de mantener cuentas en moneda extranjera estaba restringida a un grupo limitado de agentes. Con la nueva regulación, se autorizan: empresas exportadoras de bienes, empresas con deudas en el exterior, sociedades brasileñas con capital extranjero y no residentes que realicen operaciones de crédito externo o inversiones directas en Brasil. Según el Banco Central, esta medida mejorará la gestión financiera de las empresas, reducirá la exposición a las fluctuaciones cambiarias y aumentará la competitividad de las compañías brasileñas en el comercio internacional. Sin embargo, el Banco Central ha mantenido ciertas salvaguardias para evitar el uso indebido del sistema. Las cuentas no permitirán retiros o depósitos en efectivo, asegurando que todas las transacciones sean electrónicas y rastreables. En el caso de las empresas exportadoras, los fondos en las cuentas deberán provenir de ingresos por exportaciones o transferencias del exterior. Las operaciones de crédito externo e inversión extranjera seguirán sujetas a las exigencias de comprobación y registro de la normativa cambiaria. Además, la resolución no modifica las restricciones sobre el uso de monedas extranjeras para pagos dentro del territorio nacional, manteniendo el real como la moneda de curso legal para transacciones domésticas. Las exigencias para la prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo seguirán vigentes.