Al momento de presentar la declaración ante la autoridad fiscal, cada gasto cuenta. Muchos contribuyentes se preguntan si es posible deducir los gastos de impuestos sobre la propiedad (IPTU) y sobre vehículos (IPVA) del Impuesto a la Renta (IR). La respuesta es negativa, a menos que se trate de un arrendador que paga impuestos sobre un inmueble. En el caso del impuesto sobre vehículos, no se permite incluir estos gastos en la declaración del IR 2026. Los especialistas indican que el valor del IPTU puede ser deducido del total recibido por concepto de alquiler en el sistema Carnê-Leão. Por ejemplo, si un arrendador recibe $5,000 de renta, pero paga $1,000 en IPTU y gastos de condominio, debe informar solo $4,000 a la autoridad fiscal, sobre los cuales se calculará el impuesto. Si los ingresos por alquiler superan el mínimo de exención, que es de $2,259.20, el arrendador debe presentar mensualmente el Carnê-Leão, donde se reportan los ingresos recibidos. Si un arrendador no ha cumplido con el Carnê-Leão, aún puede reportar los ingresos y gastos del año anterior, aunque esto conlleva una multa diaria del 0.33% hasta un límite del 20% del impuesto adeudado, además de intereses basados en la tasa Selic. Los alquileres que no superen los $2,259.20 están exentos de impuestos, pero si se combinan con otros ingresos que superen este umbral, se deberá pagar impuesto.